Fecha de referencia: 01.01.2024. Estado: borrador de IA, pendiente de revisión por el abogado o la abogada responsable (lawyer of record) y de una comprobación puntual de la lista de centros de examen fide, así como de la práctica cantonal en materia de idioma.
De qué se trata aquí, y de qué no. Esta página explica el sistema de acreditación del idioma del derecho suizo de migración y de ciudadanía en el plano de las reglas marco federales. Es una información jurídica general y no un asesoramiento jurídico individual: no valora las probabilidades de éxito de una solicitud concreta ni sustituye el asesoramiento de una abogada o un abogado inscrito en el registro cantonal de la abogacía (BfR) en el sentido de la Ley federal sobre la libre circulación de los abogados (BGFA, SR 935.61). Los niveles, los plazos y los reconocimientos concretos deben confirmarse, antes de cualquier decisión, ante la oficina cantonal de migración competente o el servicio cantonal de fomento de la integración.
De qué se trata
En el derecho suizo de migración, la acreditación del idioma no es un obstáculo único, sino un hito de integración recurrente. Acompaña a la mayoría de las fases del permiso: en la primera concesión de la autorización en el marco de la reagrupación familiar, en la renovación de un permiso de residencia B, en la concesión del permiso de establecimiento C y, por último, en la naturalización ordinaria o facilitada.
Los dos actos federales que sustentan la materia son la Ley federal de extranjería e integración (AIG, SR 142.20) con su ordenanza de ejecución, la Ordenanza sobre la admisión, la estancia y el ejercicio de una actividad lucrativa (VZAE, SR 142.201), para la vertiente del derecho de residencia, así como la Ley de ciudadanía (BüG, SR 141.0) con la Ordenanza de ciudadanía (BüV, SR 141.01) para la naturalización. Estos cuatro instrumentos deben leerse por separado: los criterios de idioma figuran en parte en la ley y en parte (y por lo general de forma más concreta, con las cifras de nivel) en la ordenanza correspondiente.
Es determinante la lengua del cantón de residencia: alemán, francés, italiano o, en los municipios de habla retorrománica del cantón de los Grisones, retorrománico. Los niveles siguen el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER / CEFR): A1, A2, B1, B2, C1, C2.
Este documento describe el sistema de niveles, los certificados reconocidos y la particularidad suiza del certificado fide. No sustituye una preparación personal para el examen y no formula ninguna recomendación de una escuela de idiomas concreta (véase Anti-Scope).
Sistema de niveles del MCER: breve clasificación
El Marco Común Europeo de Referencia distingue seis niveles:
- A1 Principiante: puede comunicarse de la forma más sencilla, formular y responder preguntas simples, presentarse.
- A2 Conocimientos básicos: comprende frases y expresiones de uso frecuente en la vida cotidiana; puede comunicarse en situaciones rutinarias sencillas.
- B1 Uso avanzado de la lengua: comprende los puntos principales cuando se emplea una lengua estándar clara; puede desenvolverse en la mayoría de las situaciones cotidianas que surgen en un viaje; puede hablar de forma coherente sobre temas conocidos.
- B2 Uso autónomo de la lengua: comprende los contenidos principales de textos complejos; puede comunicarse de forma espontánea y fluida.
- C1 / C2 Uso competente de la lengua: nivel próximo al de una lengua materna.
En el derecho suizo de migración se exigen típicamente A1, A2 y B1 para los permisos y la naturalización. El nivel MCER se subdivide en oral (expresión oral + comprensión auditiva) y escrito (lectura + expresión escrita); muchos requisitos combinan las dos modalidades de forma asimétrica (p. ej. B1 oral, A2 escrito). Esta asimetría es la fuente más frecuente de malentendidos: un único «certificado de nivel» no suele bastar, porque el nivel oral y el nivel escrito deben acreditarse por separado.
Requisitos de nivel según la fase del permiso
La visión general siguiente resume los requisitos marco federales. Los cantones y los municipios pueden ser más estrictos en casos justificados (en particular en la naturalización); véase la sección «Variación cantonal».
A1: primera concesión del permiso en la reagrupación familiar
En la reagrupación familiar con una cónyuge o un cónyuge que vive en Suiza (art. 43 AIG y art. 44 AIG, SR 142.20), el derecho federal exige por regla general la acreditación de un A1 oral en la lengua del cantón de residencia antes de la primera concesión de la autorización, o la acreditación de una inscripción en una oferta de fomento lingüístico.
La ley vincula, en sustancia, el derecho a la reagrupación familiar a que la persona reagrupada pueda comunicarse en la lengua nacional hablada en el lugar de residencia o esté inscrita para la adquisición de esos conocimientos lingüísticos (art. 43 AIG, SR 142.20). El tenor literal exacto y la letra aplicable en cada caso deben consultarse en el texto íntegro de Fedlex; la formulación reproducida aquí es un resumen en sustancia, no una cita.
En concreto, esto significa: quien, siendo nacional de un tercer Estado, desea entrar por reagrupación familiar acredita ya un A1 oral (p. ej. con un certificado fide o Goethe obtenido en el país de origen) o presenta una confirmación de inscripción en una oferta de fomento lingüístico del cantón de residencia. La forma en que las oficinas cantonales de migración comprueban en detalle la acreditación de la inscripción no está regulada de manera uniforme a nivel federal; la práctica concreta debe consultarse en la oficina cantonal de migración competente.
Establecimiento C anticipado a los 5 años
Quien aspira al permiso de establecimiento C ya a los cinco años en lugar de a los diez (art. 34, al. 4, AIG, SR 142.20, concesión anticipada en caso de integración lograda y buena capacidad de comunicación en la lengua nacional del lugar de residencia) está sujeto a un umbral lingüístico propio. Según la ordenanza, este es algo más bajo que el umbral C ordinario, en particular en la vertiente escrita:
- B1 oral y A1 escrito en la lengua del cantón de residencia (art. 60a VZAE, SR 142.201).
La diferencia respecto del umbral C ordinario (véase más abajo) reside en el nivel escrito (A1 en lugar de A2). La atribución exacta del apartado dentro del art. 60a VZAE, así como la práctica actual, se desprenden de la ordenanza y de las directrices de la Secretaría de Estado de Migración (SEM); la concesión a los cinco años es una concesión discrecional de la autoridad, no un derecho incondicionado. El nivel exigido debe confirmarse en la oficina cantonal de migración antes de presentar la solicitud.
Establecimiento C ordinario a los 10 años
La concesión estándar del permiso de establecimiento C a los diez años (art. 34, al. 2, AIG, SR 142.20) exige, según la ordenanza:
- B1 oral en la lengua del cantón de residencia, y
- A2 escrito en la lengua del cantón de residencia (art. 60a VZAE, SR 142.201).
Este es el umbral lingüístico «típico» para el establecimiento por tiempo indefinido. Quien no alcanza estos niveles debe contar con un retraso del permiso C; en el caso concreto, la autoridad puede apartarse de los requisitos lingüísticos por motivos personales importantes (art. 77f VZAE, SR 142.201, en relación con el art. 58a, al. 2, AIG, SR 142.20); véase la sección «Exenciones». Que se conceda o no tal excepción es una valoración de la autoridad caso por caso.
Renovación del permiso B
La renovación del permiso de residencia B no conoce ninguna cifra de nivel lingüístico fija en el derecho federal como el permiso C; no obstante, la competencia lingüística forma parte de los criterios de integración según el art. 58a AIG (SR 142.20). En la práctica, los cantones pueden exigir en la renovación una acreditación de idioma o de integración, en particular cuando concurren elementos llamativos como la percepción de ayuda social, interrupciones prolongadas de la actividad lucrativa o varios años de desempleo. Qué nivel se espera en el caso concreto y en qué forma no está regulado de manera uniforme a nivel federal y debe consultarse en la oficina cantonal de migración competente. La heterogeneidad entre los cantones es un escollo conocido.
Naturalización ordinaria
La Ley de ciudadanía (BüG, SR 141.0), en su versión vigente desde 2018, describe la competencia lingüística como criterio de integración: una integración lograda se manifiesta, entre otras cosas, en la «capacidad de comunicarse en la vida cotidiana en una lengua nacional, oralmente y por escrito» (art. 12, al. 1, let. c, BüG, SR 141.0). Las cifras de nivel concretas no figuran en la ley, sino en la Ordenanza de ciudadanía (BüV, SR 141.01). Como umbral mínimo de derecho federal para la naturalización ordinaria rige, según la ordenanza:
- B1 oral en una lengua nacional, y
- A2 escrito en la misma lengua nacional (art. 6 SR 141.01, Ordenanza de ciudadanía BüV).
La ley (BüG, SR 141.0) y la ordenanza (BüV, SR 141.01) son actos distintos: el art. 12 BüG nombra el criterio, el art. 6 SR 141.01 (BüV) cifra los niveles. Es determinante la lengua en la que se tramita el procedimiento de naturalización; por regla general es la lengua del cantón de residencia. En los cantones plurilingües (BE, FR, VS, GR) rige la lengua del municipio de residencia. Los cantones pueden prever, según el art. 12, al. 3, BüG (SR 141.0), criterios de integración adicionales y ser así de hecho más estrictos (véase «Variación cantonal»).
Naturalización facilitada: mismo umbral
La naturalización facilitada (regulada a partir del art. 21 BüG, SR 141.0, p. ej. para las cónyuges y los cónyuges de personas de nacionalidad suiza) presupone igualmente, según el art. 20 BüG (SR 141.0), una integración lograda en el sentido del art. 12 BüG; el umbral de nivel es el mismo que en la naturalización ordinaria, a saber, B1 oral + A2 escrito según el art. 6 SR 141.01 (BüV). La valoración corre a cargo de la Secretaría de Estado de Migración (SEM). Véanse al respecto las Vías hacia la naturalización.
Acreditaciones del idioma reconocidas: art. 77d VZAE y directrices de la SEM
El art. 77d VZAE (SR 142.201) y las directrices complementarias de la SEM describen cuándo se consideran acreditados los conocimientos de una lengua nacional. Según el art. 77d, al. 1, let. d, VZAE basta en particular una atestación de acreditación del idioma que se base en un procedimiento de test conforme a estándares de calidad generalmente reconocidos. Habitualmente, los siguientes certificados cumplen este requisito:
- Certificado fide (certificado suizo de migración; detalles más abajo).
- telc Deutsch / Français / Italiano en los niveles A1 a C2.
- Goethe-Zertifikat (A1 a C2) para el alemán.
- ÖSD (Österreichisches Sprachdiplom Deutsch) para el alemán.
- DELF / DALF (Diplôme d'Études en Langue Française / Diplôme Approfondi de Langue Française) para el francés.
- TCF (Test de Connaissance du Français) para el francés.
- CELI / CILS / PLIDA (diplomas de lengua italianos) para el italiano.
- DSH / TestDaF (pruebas de alemán de nivel universitario): desarrolladas principalmente para la admisión a estudios.
Nota sobre el reconocimiento. Que un determinado certificado se acepte en el procedimiento concreto depende de las directrices de la SEM vigentes en cada momento y de la práctica cantonal. El estado y el número de versión de la directriz determinante deben consultarse en la oficina cantonal de migración antes de reservar un curso con vistas a un certificado privado concreto.
Importante: el reconocimiento presupone que el certificado sea suficientemente actual. Los certificados antiguos pueden ser objetados por la autoridad, porque ya no acreditan de forma fiable el nivel lingüístico actual; el periodo de validez aceptado en el caso concreto debe consultarse en la oficina cantonal de migración.
Certificado fide: la opción estándar suiza
El certificado fide fue desarrollado por la SEM especialmente para el contexto migratorio suizo y es la opción más utilizada en los procedimientos de permiso y de naturalización.
Estructura
El certificado fide examina por separado los cuatro módulos del MCER:
- Expresión oral (producción oral + interacción),
- Comprensión auditiva,
- Lectura,
- Expresión escrita.
Los módulos pueden realizarse por separado y en momentos distintos. Quien, por ejemplo, necesita un A1 oral para la reagrupación familiar puede examinarse primero solo de expresión oral y comprensión auditiva y recuperar más tarde lectura / expresión escrita para el permiso C. Esta estructura modular es el argumento práctico central a favor de fide frente a los certificados europeos, que en su mayoría se organizan como examen global.
Centros de examen
Los exámenes son realizados por centros de examen acreditados en toda Suiza. La lista oficial, actualizada periódicamente, se publica en el sitio web fide-info.ch. Habitualmente están acreditadas las universidades populares regionales, los servicios cantonales de fomento de la integración, las escuelas Migros-Klubschule y escuelas de idiomas privadas. El centro de examen competente para el propio cantón de residencia debe determinarse a través de la lista oficial de fide (fide-info.ch).
Costes
En muchos cantones, el certificado fide es gratuito o está fuertemente subvencionado para las personas que asisten a un curso de idiomas de integración financiado por el cantón. En caso de pago privado directo, es decir, sin fomento previo del curso, se devengan tasas de examen que varían según el número de módulos y el centro de examen; las tarifas actuales deben consultarse en el centro de examen elegido o en fide-info.ch. Los módulos de fide son por regla general más económicos que los exámenes globales comerciales (Goethe / telc / DELF), porque pueden realizarse por separado y de forma específica por nivel.
Idiomas
El certificado fide está disponible para alemán, francés e italiano. Para el retorrománico existe en el cantón de los Grisones un procedimiento propio; las modalidades determinantes deben consultarse en el servicio cantonal de fomento de la integración de los Grisones.
Lengua del cantón de residencia: variación cantonal
Es determinante la lengua nacional del lugar de residencia. El desglose cantonal y municipal se completa de forma continua.
Cantones de habla alemana
Son mayoritariamente de habla alemana: ZH, BE (mayoritariamente, con el Jura bernés francófono), LU, UR, SZ, OW, NW, GL, ZG, SO, BS, BL, SH, AR, AI, SG, AG, TG. Quien reside allí acredita por regla general el alemán.
Cantones de habla francesa
Son mayoritariamente de habla francesa: GE, VD, NE, JU. Quien reside allí acredita el francés.
Cantón de habla italiana
TI es de habla italiana. En el cantón de los Grisones existen además valles de habla italiana (valles meridionales como el Mesolcina, el Calanca, la Bregaglia y el Poschiavo).
Cantones plurilingües
Cuatro cantones son oficialmente plurilingües:
- BE (DE / FR: la región administrativa del Jura bernés es francófona).
- FR (DE / FR: los municipios del distrito del Sarine son en parte germanófonos).
- VS (DE / FR: el Alto Valais es germanófono, el Bajo Valais francófono).
- GR (DE / RM / IT: según el municipio; el alemán, el retorrománico y el italiano son lenguas oficiales del cantón).
En estos cantones es determinante la lengua del municipio de residencia. Así, quien reside en el Jura bernés acredita el francés, aunque el cantón de Berna sea primordialmente de habla alemana. El desglose cantonal y municipal exacto debe consultarse en la oficina cantonal de migración competente.
Importante en caso de cambio de cantón
En caso de cambio del cantón de residencia a otra región lingüística (p. ej. de ZH a GE, de BE a TI), el nivel de idioma exigido debe acreditarse en la nueva lengua cantonal. Un certificado B1 obtenido en la lengua anterior no cuenta. Esta es una consecuencia del cambio de cantón que a menudo se pasa por alto; véase Cambio de cantón y permiso de residencia (art. 37 AIG) para las obligaciones de inscripción y de autorización al mudarse.
Exenciones lingüísticas: art. 77d VZAE, art. 77f VZAE y casos especiales
El derecho federal conoce varias constelaciones en las que no se exige una acreditación formal separada del idioma o en las que cabe apartarse de los requisitos lingüísticos.
Exenciones vinculadas a la formación: art. 77d, al. 1, VZAE
Según el art. 77d, al. 1, VZAE (SR 142.201), los conocimientos de una lengua nacional se consideran acreditados, entre otros supuestos, cuando la persona habla y escribe esa lengua nacional como lengua materna (let. a), ha cursado al menos tres años la escuela obligatoria en esa lengua nacional (let. b) o ha completado una formación de nivel secundario II o terciario en la lengua nacional hablada en el lugar de residencia (let. c). Por consiguiente, las personas que han cursado su formación en la lengua nacional correspondiente están por regla general exentas de un certificado adicional. En la práctica esto afecta en particular a:
- la asistencia a la escuela obligatoria en una lengua nacional (al menos tres años);
- una formación profesional o un bachillerato (Maturität) en una lengua nacional;
- unos estudios de nivel terciario en la lengua nacional del lugar de residencia.
El cómputo se vincula a la lengua de la formación cursada, no necesariamente al lugar. Qué títulos de formación se exigen como justificante lo determina la oficina cantonal de migración; la presentación de un justificante correspondiente (certificado de notas, diploma) es habitualmente necesaria.
Exención por motivos personales importantes: art. 77f VZAE
El art. 77f VZAE (SR 142.201) exige, en ejecución del art. 58a, al. 2, AIG (SR 142.20), que la autoridad competente tenga debidamente en cuenta la situación particular de la persona extranjera al valorar los criterios de integración (incluida la competencia lingüística). Cabe apartarse de los criterios en particular cuando la persona no puede cumplirlos o solo puede hacerlo con dificultad:
- a causa de una discapacidad física, intelectual o psíquica;
- a causa de una enfermedad grave o de larga duración;
- por otros motivos personales importantes, como grandes dificultades de aprendizaje, lectura y escritura, pobreza pese a ejercer una actividad lucrativa, obligaciones familiares de cuidado o las consecuencias de la violencia doméstica o de un matrimonio forzoso.
En la práctica desempeña además un papel la edad avanzada en combinación con la falta de trayectoria formativa; si se aparta de los criterios y en qué medida es una valoración de la autoridad cantonal caso por caso. Estas excepciones son decisiones discrecionales y se examinan a instancia de parte, con motivación y medios de prueba (p. ej. certificado médico, justificante de formación, informe social). Contra una decisión denegatoria queda abierta la vía cantonal de recurso (por regla general, recurso ante el tribunal administrativo cantonal).
Naturalización: consideración de la situación personal
También el derecho de ciudadanía conoce una cláusula de rigor: según el art. 12, al. 2, BüG (SR 141.0), debe tenerse debidamente en cuenta la situación de las personas que, a causa de una discapacidad, de una enfermedad o de otros motivos personales importantes, no cumplen los criterios de integración (incluida la competencia lingüística según el art. 12, al. 1, let. c, BüG) o solo los cumplen con dificultad. Esta consideración está por tanto expresamente prevista en la ley; si en el caso concreto se prescinde de la acreditación formal del idioma o se reduce el nivel lo valora la autoridad cantonal o municipal de naturalización competente en el marco de su facultad discrecional.
Niños y jóvenes
Para los menores de 16 años no existe ningún requisito lingüístico directo, ya que la escolaridad obligatoria en la lengua del cantón de residencia se considera una acreditación implícita. En la reagrupación familiar están por regla general exentos de la acreditación del idioma.
Para los jóvenes y adultos jóvenes en formación profesional o estudios cuenta la lengua del contexto formativo. Quien realiza un aprendizaje en alemán aporta con ello habitualmente la acreditación del alemán (vinculación a la lengua de la formación según el art. 77d, al. 1, VZAE, SR 142.201).
Para los hijos mayores de edad objeto de reagrupación (reagrupación familiar, en la medida en que el derecho federal lo prevea) rige típicamente un requisito análogo al régimen de los cónyuges (A1 oral); los presupuestos aplicables en el caso concreto se rigen por la AIG (SR 142.20) y la VZAE (SR 142.201) y deben aclararse en la oficina cantonal de migración.
Oferta de cursos de idiomas: visión general sin recomendación
La visión general siguiente es descriptiva, no recomendatoria (véase Anti-Scope).
Cursos de idiomas de integración financiados por el cantón
Cada cantón dispone de un servicio de fomento de la integración que subvenciona u organiza cursos de idiomas. Para las personas con permiso B o C, así como para las personas admitidas provisionalmente y las personas refugiadas, la participación es a menudo gratuita o posible con una pequeña aportación propia. El fomento cantonal de la integración se sostiene conjuntamente por la Confederación y los cantones en el marco de los Programas Cantonales de Integración (KIP). El programa actual y la oferta concreta del propio cantón de residencia pueden consultarse a través del servicio cantonal de fomento de la integración o de la página de la SEM sobre el fomento lingüístico.
La inscripción se realiza típicamente a través de:
- el servicio cantonal de fomento de la integración (cada cantón tiene uno);
- en algunos cantones, directamente a través del municipio de residencia;
- en los cantones urbanos, a través de los puntos municipales de contacto para la integración.
Escuelas de idiomas comerciales
Migros-Klubschule, Eurocentres, alphabeta y numerosas otras escuelas de idiomas privadas ofrecen cursos en todos los niveles del MCER. Estas no están subvencionadas a través del KIP y deben financiarse de forma privada. Los precios varían considerablemente según el proveedor, la intensidad y la región; es determinante la información tarifaria actual del proveedor elegido.
Cursos en línea: ningún certificado directo
Plataformas como Duolingo, Babbel, Italki o Lingoda son adecuadas como ayudas de aprendizaje, pero no expiden certificados reconocidos en el procedimiento migratorio. Quien aprende en línea debe acudir de todos modos a un centro de examen acreditado (fide, telc, Goethe, etc.) para obtener el certificado.
Formas informales de aprendizaje
Los cafés de idiomas, los programas de tándem (una persona aprende de su pareja de tándem y le devuelve su propia lengua materna) y los grupos de conversación de parroquias o asociaciones son gratuitos y favorecen la integración, pero no sustituyen una acreditación formal del idioma.
Recorrido práctico del procedimiento: del curso al certificado
El desarrollo típico para las personas que aún no disponen de una acreditación del idioma puede esbozarse en cuatro pasos:
- Contactar con el servicio cantonal de fomento de la integración y realizar una prueba de nivel. Resultado: nivel MCER actual y recomendación sobre la oferta de cursos adecuada.
- Asistir al curso (financiado por el cantón o privado). El tiempo necesario para pasar de un nivel al siguiente depende en gran medida de los conocimientos previos, del ritmo de aprendizaje y de la intensidad del curso; una estimación vinculante la facilita el servicio de asesoramiento tras la prueba de nivel.
- Inscribirse en el test fide en un centro de examen acreditado (módulos por separado o agrupados). Los plazos de inscripción y las fechas disponibles deben consultarse en el centro de examen; en las aglomeraciones urbanas hay que contar con un tiempo de antelación.
- Recibir el certificado y presentarlo a la oficina cantonal de migración junto con la solicitud de permiso o la solicitud de naturalización. La duración de la tramitación y de la expedición debe consultarse en el centro de examen.
Anti-Scope: SIP no ofrece ninguna estrategia de preparación del examen de idioma. Qué curso, qué frecuencia, qué materiales didácticos: eso corresponde al servicio cantonal de asesoramiento o a una persona especialista en pedagogía. SIP describe el procedimiento, no el itinerario de aprendizaje.
Naturalización: los requisitos lingüísticos más exigentes
La naturalización no solo exige el umbral mínimo de derecho federal B1 oral + A2 escrito (art. 6 SR 141.01, BüV), sino que combina en la práctica dos elementos:
- la acreditación formal del idioma (certificado), y
- una audiencia municipal o una entrevista de naturalización, que se desarrolla en la lengua del municipio de residencia.
Aunque se haya superado el test formal, en la entrevista puede formarse una impresión práctica de la competencia lingüística. La forma en que las autoridades municipales configuran esa entrevista varía de un municipio a otro; las modalidades concretas deben consultarse en el municipio competente o en la autoridad cantonal de naturalización.
Umbrales cantonales más estrictos
Los cantones pueden prever, según el art. 12, al. 3, BüG (SR 141.0), criterios de integración adicionales y superar así el mínimo lingüístico de derecho federal. En la práctica cantonal ocurre que algunos cantones exigen un nivel escrito u oral superior, y la práctica municipal puede elevar aún más los requisitos de hecho. Qué umbral rige en el cantón de residencia concreto y en el municipio de residencia concreto debe comprobarse en la respectiva ley cantonal de ciudadanía y ante la autoridad de naturalización competente.
Estos umbrales cantonales están anclados en las respectivas leyes cantonales de ciudadanía; la visión general exacta debe comprobarse en el derecho cantonal correspondiente y ante la autoridad de naturalización competente.
Enlaces cruzados: Glosario de la ley de ciudadanía de 2018 (BüG) · Vías hacia la naturalización.
Fuentes de error frecuentes: silent failure mode
- Nivel equivocado: los niveles oral y escrito son a menudo asimétricos (p. ej. B1 oral + A2 escrito). Quien realiza un único módulo de nivel no cumple el requisito.
- Lengua equivocada: en un cambio de cantón a otra región lingüística, un certificado en la lengua anterior no cuenta.
- Certificado ya no actual: los certificados antiguos pueden ser objetados por la autoridad; el periodo de validez aceptado en el caso concreto debe consultarse en la oficina de migración.
- Certificado no reconocido: los «diplomas» de cursos en línea (Duolingo, Babbel) no están reconocidos en el derecho migratorio.
- Inscripción tardía al examen: los centros de examen fide tienen capacidad limitada de fechas; en las aglomeraciones urbanas hay que contar con tiempo de espera. Quien debe cumplir un plazo de renovación del permiso o de naturalización debería planificar el examen con antelación.
Referencias cruzadas
- Glosario de términos AIG y VZAE: conceptos básicos de AIG / VZAE, incluidos los artículos sobre integración e idioma (en particular el art. 58a AIG, así como el art. 60a VZAE y el art. 77d VZAE).
- Glosario de la ley de ciudadanía de 2018 (BüG): ley de ciudadanía de 2018 con los criterios de integración.
- Convenio de integración (art. 58a AIG): convenio de integración y condiciones lingüísticas.
- Cambio de cantón y permiso de residencia (art. 37 AIG): consecuencias del cambio de cantón para la acreditación del idioma.
- Vías hacia la naturalización: vías hacia la naturalización, incluidos los requisitos lingüísticos.
- Permiso de establecimiento C (documento C): establecimiento C y umbral lingüístico según el art. 60a VZAE (SR 142.201).
SIP no ofrece:
- Asesoramiento o preparación para el examen de idioma: la elección del método de aprendizaje, la frecuencia del curso y los materiales didácticos son competencia de personas especialistas en pedagogía o del servicio cantonal de asesoramiento.
- Recomendación de escuelas de idiomas o proveedores concretos: Migros-Klubschule, alphabeta, Eurocentres y las escuelas privadas están disponibles sin distinción; la elección es individual y no corresponde a SIP.
- Valoración de las probabilidades individuales de éxito de una solicitud de permiso o de naturalización en función de la competencia lingüística.
Para la elección de un curso de idiomas: contactar directamente con el servicio cantonal de fomento de la integración. Para cuestiones individuales sobre el permiso o la naturalización: consultar a una abogada / un abogado inscrito en el BfR.
