1. Qué es jurídicamente el permiso L

El permiso L (oficialmente: permiso de corta duración) es, en el derecho suizo de extranjería, el título de residencia para presencias temporales de hasta doce meses, prorrogable excepcionalmente hasta un máximo de veinticuatro meses. Está definido en el art. 32 de la AIG (Ley federal de extranjería e integración, SR 142.20) y desarrollado con más detalle en la VZAE (Ordenanza sobre la admisión, la residencia y el ejercicio de una actividad lucrativa, SR 142.201), en particular en los art. 55 a 58 VZAE. Para los nacionales de un Estado miembro de la UE o de la AELC se aplica en paralelo el FZA (Acuerdo sobre la libre circulación de personas, SR 0.142.112.681), en particular el art. 6 del Anexo I del FZA.

El permiso fija jurídicamente la finalidad de la estancia: se concede siempre para una finalidad determinada y por una duración determinada. Un cambio de finalidad (por ejemplo, de au pair a actividad lucrativa) no es posible por regla general durante el periodo de validez, sino que exige un nuevo procedimiento de autorización. Esta vinculación a la finalidad es la diferencia estructural central frente al permiso de establecimiento C, de duración indefinida, y al permiso de residencia B, renovable anualmente.

El permiso L se hace constar en el permiso de extranjería (Ausländerausweis) con la letra «L» y con la finalidad concreta de la estancia (p. ej. «actividad lucrativa», «au pair», «stagiaire», «tratamiento», «estudios»). La autoridad cantonal de migración del lugar de domicilio es competente para la concesión, la prórroga, la revocación y el cambio; en las actividades sujetas a contingente, la Secretaría de Estado de Migración (SEM) realiza un examen previo.

Estructuralmente, el permiso L debe distinguirse de dos instrumentos afines: por un lado, de la estancia corta sin visado (estancia turística de hasta noventa días por semestre según el Código de fronteras Schengen), que no constituye permiso alguno, sino un mero derecho de entrada, y que no autoriza ninguna actividad lucrativa. Por otro lado, del procedimiento de notificación de 90 días en virtud de la Ley federal sobre los trabajadores y trabajadoras desplazados a Suiza (Ley sobre trabajadores desplazados, EntsG, SR 823.20) para las personas amparadas por el FZA, o bien del procedimiento de notificación para actividades lucrativas de corta duración según el art. 12 VZAE para nacionales de terceros Estados en sectores específicos: ambos son facilidades administrativas, no verdaderos permisos, y se exponen por separado en el apartado 3.5.

El permiso L autoriza en principio únicamente la estancia en el cantón que lo concede. Un cambio de cantón durante la vigencia de un permiso L exige una solicitud de cambio ante el nuevo cantón de domicilio; la práctica en materia de autorizaciones es aquí heterogénea entre cantones y, en las constelaciones L más cortas (au pair, tratamiento), por regla general restrictiva. Los viajes dentro del espacio Schengen son posibles sin visado mientras el permiso L esté vigente (hasta noventa días por semestre en cada uno de los demás Estados Schengen).

2. Dos regímenes paralelos: FZA frente a AIG

El tratamiento jurídico del permiso L difiere de manera fundamental según si la persona solicitante pertenece o no al círculo de personas amparadas por el FZA. Esta distinción es el primer filtro en todo asesoramiento, pues determina la sujeción a contingente, la prioridad de los trabajadores residentes (Inländervorrang), el catálogo de criterios y la existencia de un derecho.

L UE/AELC (derecho en virtud del art. 6 del Anexo I del FZA): los nacionales de un Estado de la UE o de la AELC obtienen el permiso L cuando acreditan una relación laboral de tres a menos de doce meses según el art. 6 del Anexo I del FZA, en principio de pleno derecho; el procedimiento es, en esencia, declarativo. No existen contingentes, ni prioridad de los trabajadores residentes, ni examen de las condiciones salariales y laborales en el procedimiento de autorización (los controles de acompañamiento se realizan por separado en virtud de la Ley sobre trabajadores desplazados, EntsG). El periodo de validez corresponde a la duración del contrato; una prórroga es posible mientras subsista la relación laboral.

L terceros Estados (decisión discrecional en virtud del art. 32 AIG): para las personas fuera del ámbito de aplicación del FZA, el permiso L es una decisión discrecional de las autoridades. Está sujeto a las condiciones generales de admisión según los art. 18 a 24 AIG, en particular a la prioridad de los trabajadores residentes (art. 21 AIG), al requisito de condiciones salariales y laborales usuales en la localidad y en el sector (art. 22 AIG) y a las cifras máximas anuales (contingentes) según el art. 20 AIG en relación con los anexos 1 y 2 VZAE. Las cifras máximas las fija el Consejo Federal y se reparten entre los cantones; no existe ningún derecho ni siquiera cuando se cumplen todos los requisitos.

En la práctica, esta división en dos significa que las subclases tratadas a continuación constituyen casi siempre, para las personas amparadas por el FZA, un detalle procedimental, mientras que para los nacionales de terceros Estados pueden marcar la diferencia material entre el permiso y la expulsión (Wegweisung).

3. Las ocho subclases relevantes en la práctica

El permiso L no conoce, en la VZAE ni en las directivas complementarias de la SEM, una enumeración exhaustiva de subclases, sino distintas categorías de finalidad con requisitos diferentes. Las ocho constelaciones siguientes cubren con mucho la mayor parte de la práctica en materia de autorizaciones.

3.1 Au pair

Base legal: art. 32 AIG (permiso de corta duración) en relación con la excepción a las condiciones de admisión para la colocación au pair intermediada por una organización reconocida según el art. 30, al. 1, let. j, AIG, desarrollada en el art. 48 VZAE («personas au pair»); completada por las directivas de la SEM sobre la estancia au pair (Secretaría de Estado de Migración, publicadas en línea).

Las estancias au pair están previstas para nacionales de terceros Estados de entre 18 y 25 años, solteros y sin hijos. La duración de la estancia es de doce meses como máximo y no es prorrogable; queda excluido un segundo año au pair en Suiza, incluso con otra familia.

La actividad está limitada legalmente en su alcance: como máximo treinta horas semanales de tareas domésticas y cuidado de niños, completadas con al menos tres horas semanales de clases de idioma en la lengua oficial del cantón de residencia (alemán, francés o italiano) en una escuela reconocida. El curso de idioma no es una afición, sino un requisito del permiso; sin certificado del curso, las oficinas cantonales de migración deniegan la concesión.

El dinero de bolsillo mínimo, que debe abonarse en efectivo, se rige por los contratos tipo de trabajo cantonales para el servicio doméstico (NAV-Hauswirtschaft) y se debe además del alojamiento y la manutención gratuitos; algunos cantones (en particular Ginebra y Vaud) tienen importes mínimos propios más elevados. Los importes concretos en francos se fijan a nivel cantonal y se ajustan periódicamente; el importe aplicable al año de la solicitud debe consultarse en la oficina cantonal de migración o de mercado laboral competente o en el NAV cantonal pertinente.

Para las personas amparadas por el FZA, la figura au pair es en la práctica subsidiaria, porque, como trabajadores con derecho a un permiso L o B en virtud del art. 6 del Anexo I del FZA, tienen acceso al mercado laboral.

Las fuentes de conflicto frecuentes en la práctica son la superación del límite semanal de horas (por ejemplo, mediante servicios adicionales de fin de semana o cuidado de niños fuera de la familia), la omisión del curso de idioma (con la esperanza de ahorrar el dinero) y la falta de seguro de accidentes y de enfermedad de la persona au pair. Las tres constelaciones pueden conducir a la revocación del permiso y a la expulsión; la familia de acogida, como empleadora, se expone además a una sanción conforme a las disposiciones penales de la AIG (art. 117 AIG, empleo de extranjeros sin permiso). Por ello, en la mayoría de los cantones, el contrato au pair debe ser revisado antes del inicio por una organización de colocación reconocida y coordinado con la oficina cantonal de migración; en la Suiza alemana, Pro Filia es en particular un punto de contacto consolidado.

3.2 Stagiaire (persona en prácticas en el marco de acuerdos bilaterales de prácticas)

Base legal: art. 30, al. 1, let. g, AIG (facilitación del intercambio internacional en la economía, la ciencia y la cultura, así como de la formación y el perfeccionamiento profesionales) en relación con el art. 41 VZAE (intercambio internacional) y el art. 42 VZAE (stagiaires), completado por los acuerdos bilaterales de prácticas de Suiza con determinados terceros Estados.

El régimen stagiaire es un instrumento recíproco de movilidad: permite a jóvenes profesionales de entre 18 y 35 años con formación profesional concluida trabajar en Suiza hasta dieciocho meses (doce más seis de prórroga) en la profesión aprendida, a fin de ampliar sus conocimientos lingüísticos y profesionales.

La ventaja central: el permiso stagiaire está exento de contingente, es decir, no se computa en las cifras máximas anuales para nacionales de terceros Estados. La prioridad de los trabajadores residentes y las condiciones salariales usuales en la localidad se aplican igualmente. El requisito es la existencia de un acuerdo bilateral de prácticas entre Suiza y el Estado de origen.

La lista determinante y continuamente actualizada de los Estados parte en acuerdos stagiaire la mantiene la Secretaría de Estado de Migración en su página «Stagiaires»; debe comprobarse en esa fuente antes de cualquier aclaración concreta. Según la presentación pública de la SEM, el conjunto de acuerdos bilaterales de prácticas comprende varios Estados industrializados extraeuropeos, así como diversos Estados de América Latina y de Europa del Este; dado que algunos acuerdos se modifican, suspenden o concluyen de nuevo, únicamente es determinante la lista oficial de la SEM.

Para las personas amparadas por el FZA, el régimen stagiaire no existe en esta forma; los jóvenes profesionales de la UE/AELC acceden a un permiso L o B a través de la libre circulación ordinaria de trabajadores.

3.3 Artistas, deportistas, intérpretes

Base legal: art. 32 AIG (permiso de corta duración); para el tratamiento especial en materia de contingentes de los compromisos culturales y deportivos breves, art. 30, al. 1, AIG (excepción a las condiciones de admisión, en particular let. g, para facilitar el intercambio cultural) en relación con las condiciones salariales y laborales según el art. 22 AIG; concretado por las directivas de la SEM sobre artistas y compromisos de corta duración.

Para artistas escénicos, músicos, deportistas y actividades interpretativas comparables rige un régimen adaptado a la actividad típicamente breve y vinculada a un proyecto. Según la práctica de la SEM, los nacionales de terceros Estados pueden actuar en Suiza en esta categoría hasta ocho meses dentro de un periodo de doce meses.

El permiso está en principio sujeto a contingente, pero la práctica de la SEM prevé facilidades administrativas para los compromisos breves; para actuaciones muy cortas basta el procedimiento de notificación de 90 días según la Ley sobre trabajadores desplazados (EntsG) para las personas amparadas por el FZA, o bien el procedimiento simplificado para actividades lucrativas de corta duración según el art. 12 VZAE a través de la plataforma nacional de notificación para nacionales de terceros Estados. Los límites de días determinantes para la exención de la obligación de permiso resultan de las directivas de la SEM y deben comprobarse allí en cada caso concreto.

El contrato de actuación o de compromiso es examinado por la autoridad cantonal competente (por regla general, la oficina de economía y trabajo o la autoridad cantonal del mercado laboral) en cuanto a condiciones salariales y laborales usuales en la localidad y en el sector (art. 22 AIG). Lo usual en el sector se mide aquí en particular según los convenios colectivos de trabajo pertinentes de la Asociación Suiza de Teatros (Schweizerischer Bühnenverband) o según las normativas de las respectivas federaciones deportivas.

3.4 Prácticas obligatorias en el marco de una formación universitaria

Base legal: art. 27 AIG (formación y perfeccionamiento) en relación con el art. 38 VZAE (formación y perfeccionamiento con actividad lucrativa accesoria) para la fase práctica integrada en el plan de estudios; en el caso de centros de enseñanza superior extranjeros, adicionalmente el art. 30, al. 1, let. g, AIG (intercambio internacional en la ciencia y la formación profesional).

El tratamiento jurídico de las prácticas obligatorias depende del centro de enseñanza superior en el que esté matriculada la persona estudiante.

Prácticas obligatorias en el marco de una formación universitaria suiza: quien está matriculado en una universidad o escuela superior especializada (Fachhochschule) suiza y realiza, en el marco del plan de estudios, unas prácticas prescritas, no necesita ningún permiso adicional de actividad lucrativa; el permiso L o B de estudiante existente cubre también las prácticas, siempre que sean demostrablemente parte del reglamento de estudios.

Prácticas obligatorias en el marco de una formación universitaria extranjera: los estudiantes de un centro de enseñanza superior extranjero que realizan en Suiza unas prácticas prescritas por el plan de estudios obtienen un permiso L con exención de contingente, siempre que las prácticas sean demostrablemente parte de los estudios (confirmación del centro extranjero, descripción del módulo, certificado de calificaciones). La duración corresponde a la duración de las prácticas; son posibles prórrogas más allá de doce meses si el plan de estudios exige una fase práctica más larga.

En ambos casos, el requisito es que las prácticas no encubran una actividad lucrativa regular: las oficinas cantonales de migración examinan el salario, el perfil de tareas y la proporción entre actividades formativas y productivas.

3.5 Actividad lucrativa de corta duración de hasta cuatro meses (procedimiento de notificación)

Base legal: art. 12 VZAE (actividad lucrativa de corta duración); para las personas amparadas por el FZA, adicionalmente la Ley sobre trabajadores desplazados (EntsG) y el Anexo I del FZA.

Quien, como nacional de un tercer Estado, planea una actividad lucrativa de como máximo cuatro meses por año natural no entra en el procedimiento ordinario de autorización, sino en un procedimiento simplificado según el art. 12 VZAE: el empleador notifica la actividad a través de la plataforma en línea EasyGov (o del sistema cantonal correspondiente). La actividad se computa en principio en las cifras máximas (exenta de contingente en determinados sectores), pero la carga administrativa se reduce considerablemente.

Para las personas amparadas por el FZA se aplica el procedimiento de notificación de 90 días de la Ley sobre trabajadores desplazados: hasta noventa días laborables por año natural no se requiere permiso de residencia; basta una notificación en línea con ocho días de antelación a través de la plataforma de notificación. Más allá de noventa días debe solicitarse un permiso L UE/AELC.

Esta constelación es en la práctica la variante L «invisible» más frecuente: las personas que buscan asesoramiento la consideran un mero acto de notificación, pero pasan por alto las consecuencias de superar el límite del año natural. Quien ejerce en un año natural varias actividades breves en Suiza, ya sea como consultora independiente, artista o trabajador de temporada, debería contar los días de forma acumulativa e iniciar el paso al procedimiento ordinario de autorización antes de superar el límite; un cambio a posteriori es administrativamente laborioso y puede conllevar multas por actividad lucrativa sin permiso (art. 117 AIG).

Una constelación particular es la actividad lucrativa independiente de nacionales de terceros Estados en el marco de encargos de corta duración: aquí no se aplica ni la Ley sobre trabajadores desplazados (concebida para trabajadores por cuenta ajena) ni el procedimiento simplificado de notificación para trabajadores por cuenta ajena según el art. 12 VZAE. La actividad independiente exige por regla general un permiso L o B ordinario con la finalidad expresa «actividad lucrativa independiente» según el art. 19 AIG, con requisitos sustanciales en cuanto a plan de negocio, capital propio, interés económico general y cualificación personal. Esta constelación se trata en profundidad en los contenidos relacionados sobre la actividad lucrativa independiente.

3.6 Tratamiento médico o cura

Base legal: art. 29 AIG (tratamiento médico); concretado por las directivas de la SEM pertinentes sobre la estancia con fines de tratamiento médico.

Los nacionales de terceros Estados que siguen en Suiza un tratamiento médico o una cura obtienen un permiso L cuya duración está vinculada a la duración del tratamiento o de la cura certificada por el médico. El permiso no autoriza a ejercer una actividad lucrativa; un cambio de finalidad hacia un permiso de actividad lucrativa durante la estancia solo es posible en situaciones excepcionales.

Los requisitos son, en particular:

  • Contrato de tratamiento con una clínica u hospital suizos, con indicación de la duración previsible
  • Garantías financieras para los costes del tratamiento y la manutención durante la estancia (confirmación bancaria, garantía de asunción de costes de una aseguradora extranjera o depósito de una cantidad en garantía); el importe de la garantía exigida se rige por los costes previsibles del tratamiento y por la práctica cantonal, y puede ser considerable en tratamientos costosos. El importe concretamente exigido lo fija la oficina cantonal de migración competente en cada caso
  • Cobertura de seguro de enfermedad durante la duración del tratamiento
  • Obligación de regreso al concluir el tratamiento; las oficinas cantonales de migración exigen típicamente un justificante del vuelo de regreso o una declaración correspondiente

En tratamientos crónicos o de duración indeterminada (oncología, medicina de trasplantes), el permiso puede prorrogarse por etapas mientras la necesidad del tratamiento esté certificada por el médico.

Una constelación poco visible, pero importante en la práctica, es la estancia de acompañamiento (progenitores de un hijo menor en tratamiento, cónyuge de una paciente o un paciente gravemente enfermo). Las personas acompañantes obtienen por regla general un permiso L propio y accesorio con un periodo de validez más corto o igual; el requisito es la necesidad de la presencia certificada por el médico, la acreditación de medios suficientes para la manutención de la persona acompañante y su cobertura de seguro de enfermedad. El permiso L de acompañamiento no autoriza a ejercer una actividad lucrativa; la elusión mediante supuestas figuras de acompañamiento con inicio efectivo de una actividad laboral está extendida y es objeto de un control creciente por parte de las oficinas cantonales de migración.

3.7 Familiares de un titular de permiso L

Base legal: art. 44 AIG (reagrupación familiar con titulares de permiso de residencia) y art. 45 AIG (cónyuge e hijos de la titular o del titular de un permiso de corta duración); desarrollados en el art. 26 VZAE (actividad lucrativa de los familiares de titulares de permiso de corta duración) y en los art. 73 a 75 VZAE (plazos y motivos de la reagrupación familiar).

La reagrupación familiar con el permiso L es la excepción, no la regla. A diferencia del permiso de residencia B, la ley no prevé para las y los titulares de permiso L ningún derecho ordinario a la reagrupación familiar. Las oficinas cantonales de migración conceden la reagrupación familiar con el permiso L únicamente si:

  • el permiso L se ha expedido desde el inicio por más de doce meses o se ha asegurado una prórroga correspondiente
  • existe una vivienda adecuada (por regla general, un número de habitaciones igual al número de personas más una)
  • se acreditan los medios económicos para la manutención de toda la familia sin recurrir a la asistencia social
  • no se oponen reservas relacionadas con la integración (conocimientos lingüísticos, escolarización de los hijos)

En la práctica, la reagrupación queda regularmente excluida para au pairs, stagiaires de corta duración, artistas en actuación y estancias de tratamiento. En estancias stagiaire más largas y en determinadas constelaciones L de estudiantes, algunos cantones admiten la reagrupación en casos de rigor excesivo (Härtefall); no existe ningún derecho a ello. Por ello, las personas que desean venir a Suiza en familia pasan con frecuencia del régimen L al régimen B en cuanto se cumplen los requisitos para ello.

3.8 Estudiantes fuera del ámbito del FZA

Base legal: art. 27 AIG, art. 23 a 27 VZAE.

Los estudiantes nacionales de terceros Estados en un centro de enseñanza superior suizo reconocido (universidad, escuela superior especializada, escuela superior de pedagogía, escuela especializada reconocida) obtienen un permiso L con fines de estudio, que se expide por la duración de los estudios y se prorroga anualmente mientras se cumplan los requisitos académicos. En determinadas constelaciones, en particular en estudios de doctorado con contrato en el centro de enseñanza superior, puede concederse también un permiso B; la práctica cantonal es aquí heterogénea.

Los requisitos son:

  • Certificado de matrícula del centro de enseñanza superior suizo
  • Acreditación de medios económicos suficientes para las tasas de estudio y la manutención durante la duración de los estudios; el importe mínimo que debe acreditarse anualmente lo fijan los cantones y lo orientan según el coste de la vida en el lugar de estudio. El importe aplicable al año de la solicitud debe consultarse en la oficina cantonal de migración competente o en la International Office del centro de enseñanza superior
  • Cobertura de seguro de enfermedad
  • Conocimientos lingüísticos adecuados de la lengua de enseñanza
  • Voluntad de regreso (plausibilidad de que la persona estudiante regresará a su Estado de origen tras concluir los estudios); este requisito según el art. 27, al. 1, let. d, AIG es en la práctica el motivo de denegación más frecuente; su interpretación se concreta por la jurisprudencia del Tribunal Administrativo Federal y del Tribunal Federal (Ley del Tribunal Federal, BGG, SR 173.110). Es determinante en todo caso el estado actual de la práctica judicial

Durante los estudios, los estudiantes pueden ejercer una actividad lucrativa limitada: según el art. 38 VZAE (formación y perfeccionamiento con actividad lucrativa accesoria), en principio como máximo quince horas semanales durante el periodo lectivo y a tiempo completo durante las vacaciones semestrales, pero no antes de seis meses después del inicio de los estudios en Suiza (plazo de espera) y siempre con autorización de la oficina cantonal de migración. Los doctorandos y los asistentes universitarios cuyo contrato es parte integral de su formación están exentos del plazo de espera de seis meses.

Tras concluir los estudios, el art. 21, al. 3, AIG prevé que los titulados de un centro de enseñanza superior suizo con una oferta de empleo en un ámbito de interés científico o económico puedan ser admitidos a una actividad lucrativa como excepción a la prioridad de los trabajadores residentes, un paso muy relevante en la práctica del L de estudios al estatus B de actividad lucrativa. Un tratamiento en profundidad de esta constelación (contingentes de actividad lucrativa, plazo de espera y paso a un permiso B tras la titulación) queda reservado a los contenidos relacionados sobre el permiso L de estudiantes.

4. El paso de L a B

El permiso L no conduce automáticamente a un permiso B. Quien desee permanecer en Suiza tras expirar el plazo del L debe presentar una solicitud autónoma de permiso B ante la oficina cantonal de migración, que se tramita según las reglas de la constelación B pertinente.

Los pasos más frecuentes en la práctica son:

Nacionales de terceros Estados con actividad laboral (L → B actividad lucrativa): los requisitos son las condiciones generales de admisión según los art. 18 a 24 AIG: prioridad de los trabajadores residentes, condiciones salariales y laborales usuales en la localidad, requisitos personales (cualificación, conocimientos lingüísticos, integración) y la existencia de cifras máximas anuales disponibles. Dado que los contingentes B para terceros Estados son regularmente escasos, un paso exitoso no está en absoluto garantizado pese a un balance L impecable.

Nacionales de la UE/AELC con actividad laboral (L → B actividad lucrativa): el requisito es un contrato de trabajo indefinido o un contrato de duración determinada de al menos doce meses. En virtud del art. 6 del Anexo I del FZA existe un derecho al permiso B; el procedimiento es declarativo.

Matrimonio con una persona de nacionalidad suiza: la cónyuge o el cónyuge extranjero de una persona de nacionalidad suiza tiene, según el art. 42 AIG, derecho a un permiso de residencia B por reagrupación familiar, siempre que el matrimonio no se haya contraído para eludir las normas sobre permisos. En este caso, el permiso L se convierte en un B antes de su expiración; la vinculación original del L a su finalidad (au pair, stagiaire, estudios) queda sin objeto.

Matrimonio con titular de permiso C o con titular de permiso B UE/AELC: reagrupación familiar según el art. 43 AIG (con titulares de permiso de establecimiento) o según el art. 3 del Anexo I del FZA (para nacionales de la UE/AELC) con permiso B; los requisitos son, en particular, una vivienda común y la acreditación de medios económicos suficientes.

Del L de estudios al B de actividad lucrativa: los titulados de centros de enseñanza superior se benefician del art. 21, al. 3, AIG (admisión facilitada). En la práctica, esta es la vía profesional más importante para jóvenes nacionales de terceros Estados con un título suizo.

Del L de tratamiento o del L au pair al B: un cambio es jurídicamente posible, pero fracasa casi siempre por la falta de una oferta de empleo con acreditación de la prioridad de los trabajadores residentes y por la situación de los contingentes. En tales casos, las oficinas cantonales de migración esperan la salida del país tras expirar el plazo del L y una nueva solicitud desde el extranjero.

Del L stagiaire al B de actividad lucrativa: quien ha completado con éxito el año stagiaire en Suiza y recibe una oferta de empleo de la empleadora anterior puede solicitar el paso a un permiso B. El paso no está garantizado, pero en la práctica es más favorable que la primera solicitud directa, porque la persona ya ha demostrado su aptitud profesional y su integración lingüística. La situación en materia de contingentes sigue siendo, no obstante, idéntica a la del B ordinario para terceros Estados.

Del L de artista o del L de deportista al B: en caso de vinculación contractual duradera con un teatro, una orquesta o un club deportivo suizos, es posible el paso a un permiso B con finalidad de actividad lucrativa, a menudo facilitado por el interés económico y cultural reconocido. En la práctica da buenos resultados la estrecha colaboración entre el organizador o el club y la oficina cantonal de migración, que en estas constelaciones puede recurrir con frecuencia a precedentes existentes.

En cada uno de estos pasos, el momento y el orden son críticos: quien presenta la solicitud de B solo después de expirar el plazo del L se arriesga a una laguna en la estancia legal y, en su caso, a una decisión de expulsión. Por ello, la solicitud debe presentarse con la debida antelación antes de expirar el permiso vigente ante la oficina cantonal de migración competente; el plazo de antelación que debe respetarse varía según el cantón y debe aclararse previamente con la oficina. Existe una situación de riesgo particular en las solicitudes de prórroga presentadas solo el último día hábil antes de la expiración: si la solicitud se registra como formalmente incompleta (anexos que faltan, firma que falta) y no se subsana en pocos días, puede producirse entre la expiración del permiso antiguo y la concesión del nuevo una interrupción de la estancia, que puede contar como interrupción de la duración ininterrumpida de residencia para el posterior permiso de establecimiento C (art. 34 AIG).

5. Prórroga del permiso L

El plazo ordinario del permiso L de doce meses puede prorrogarse según el art. 56 VZAE (renovación) hasta un total máximo de veinticuatro meses. No está prevista una prórroga más allá como L; la persona debe o bien salir del país o bien cambiar a otra categoría de permiso.

El requisito de la prórroga es que:

  • la finalidad original de la estancia siga existiendo (misma empleadora, mismo tratamiento, mismos estudios)
  • los requisitos del permiso se cumplan de forma ininterrumpida (condiciones salariales, medios económicos, cobertura de seguro)
  • la solicitud se presente con la debida antelación antes de la expiración del permiso vigente; el plazo de antelación que debe respetarse varía según el cantón y debe aclararse previamente con la oficina cantonal de migración competente

Para la prórroga excepcional más allá de veinticuatro meses se requiere un caso de rigor excesivo particular (art. 30, al. 1, let. b, AIG). Ejemplos de la práctica son tratamientos médicos prolongados de forma imprevisible, retrasos extraordinarios de los estudios por motivos de salud o constelaciones stagiaire con una duración de prácticas más larga cubierta por la situación de los acuerdos bilaterales. Estas prórrogas son raras y la SEM las examina en cada caso concreto.

En el caso de au pair no existe posibilidad de prórroga más allá de doce meses, ni ordinaria ni por caso de rigor excesivo.

6. Oficinas cantonales de migración y sistema de contingentes

El permiso L lo concede formalmente la oficina cantonal de migración del lugar de residencia. En la práctica, la práctica en materia de autorizaciones difiere considerablemente entre los veintiséis cantones, tanto en la interpretación de los casos de rigor excesivo como en la rapidez de los procedimientos, la documentación exigida y el uso de los contingentes.

Las cifras máximas anuales según el art. 20 AIG en relación con los anexos 1 y 2 VZAE las fija el Consejo Federal por año natural y se reparten entre los cantones. El reparto no se hace en proporción a la población, sino sobre la base del uso anterior y de indicadores económicos; una parte de los contingentes permanece en la Confederación para su redistribución a lo largo del año. En los cantones con mucha población y mucha demanda, los contingentes asignados para terceros Estados son mayores en cifras absolutas, pero también tienden a agotarse antes. En los cantones con menor demanda, la situación aritmética de los contingentes suele ser más holgada; que el puesto buscado esté disponible allí depende del mercado laboral concreto. Esta plataforma no evalúa cantones concretos ni formula recomendaciones de ubicación.

Esta plataforma no presta asesoramiento sobre contingentes específico por cantón. Quien quiera saber si en un cantón concreto hay contingentes disponibles en el momento de la solicitud debe dirigirse directamente a la oficina cantonal de migración competente o hacer que lo aclare la empleadora contratante, que a menudo ya tiene experiencia con la oficina.

La situación de los contingentes es en particular favorable a principios de año (contingentes recién asignados) y a menudo agotada hacia finales de año (especialmente en los cantones con mucha demanda). En situación de contingentes agotados, algunos cantones conceden permisos a reserva de la liberación de contingentes en el año siguiente; otros rechazan la solicitud y exigen una nueva presentación en enero. El tratamiento diferente puede retrasar el inicio del empleo varios meses y, por ello, debe abordarse en toda contratación de nacionales de terceros Estados durante la fase de negociación con la empleadora.

Para las personas amparadas por el FZA ya no rigen cifras máximas en el régimen ordinario de libre circulación; únicamente una cláusula de salvaguardia («Ventilklausel») puede reactivarse temporalmente en circunstancias extraordinarias estrictamente delimitadas. Si tal cláusula está en vigor en el momento de la solicitud, y para qué categorías de personas, debe consultarse en la comunicación actual de la Secretaría de Estado de Migración (SEM) o del Departamento Federal de Asuntos Exteriores (EDA).

7. Contenidos relacionados

8. Anti-alcance: lo que esta página expresamente no ofrece

Este contenido es información jurídica general, no asesoramiento individual. En particular, no ofrece:

  • Pronóstico sobre si en un caso concreto se concedería un permiso L
  • Asesoramiento sobre contingentes acerca de la disponibilidad actual de contingentes para terceros Estados en un cantón determinado
  • Intermediación de familias au pair, puestos de prácticas o empleadores suizos
  • Asesoramiento sobre centros de enseñanza superior extranjeros concretos o sobre el reconocimiento de títulos extranjeros (competencia: Swissuniversities, reconocimiento profesional SBFI)
  • Interpretación de acuerdos bilaterales de prácticas en relación con perfiles profesionales concretos

Quien desee aclarar una posibilidad concreta de obtener un permiso debe dirigirse a la oficina cantonal de migración del lugar de residencia previsto o a una abogada o un abogado inscritos en el registro cantonal de abogados en el sentido de la Ley federal sobre la libre circulación de los abogados (Ley de abogados, BGFA, SR 935.61). La plataforma SwissImmigrationPro explica el derecho y no asume ninguna representación letrada en el caso concreto; la eventual aceptación de un mandato se produce directamente entre la persona que busca asesoramiento y la abogada o el abogado.


Estado jurídico: 1 de enero de 2024; próxima revisión a más tardar noventa días después de last_reviewed.