Fecha de vigencia: 04.11.2025, último estado de la decisión del Consejo Federal sobre la prórroga del estatuto S. Estado: borrador de IA, pendiente de revisión por la abogada principal/el abogado principal of record y por un/a especialista de la locale ucraniana.
De qué se trata
El estatuto de protección S es una forma autónoma de protección temporal que el Consejo Federal puso en vigor para las personas procedentes de Ucrania con la activación de la Ordenanza de protección el 11 de marzo de 2022. La base legal es el art. 66 de la Ley de asilo (AsylG, SR 142.31), según el cual el Consejo Federal puede activar la protección temporal como estatuto colectivo en caso de éxodo masivo. El estatuto S no es un estatuto de asilo en sentido estricto (art. 3-7 AsylG): confiere de inmediato un derecho de residencia sin procedimiento de asilo individual, pero limitado en el tiempo y sujeto a la reserva de su supresión política por el Consejo Federal.
Duración de vigencia actual (estado a 04.11.2025)
Mediante decisión de 5 de noviembre de 2025, el Consejo Federal prorrogó el estatuto S hasta el 4 de marzo de 2027. Esta prórroga sigue la práctica de la UE, donde la protección temporal conforme a la Directiva sobre afluencia masiva también se prorrogó hasta marzo de 2027.
Cambio material a partir de noviembre de 2025: la concesión del estatuto S ya no se produce automáticamente para todas las personas procedentes de Ucrania. Desde la adaptación de noviembre, la Secretaría de Estado de Migración (SEM) examina la región de origen de los solicitantes. Las personas procedentes de regiones que, según la apreciación de la SEM, actualmente no están directamente afectadas por la guerra pueden quedar excluidas del estatuto S. Las concreciones de esta práctica se establecen en las respectivas directivas de la SEM, que se actualizan de forma continua en la referencia de fuentes de este archivo.
Ámbito de aplicación personal
En principio, el estatuto S corresponde a:
- los nacionales ucranianos,
- sus familiares (cónyuges, parejas registradas, hijos menores de edad), con independencia de la nacionalidad de los familiares,
- las personas que disponían en Ucrania de un estatuto de protección reconocido (p. ej. refugiados reconocidos por ACNUR en Ucrania),
- determinados nacionales de terceros Estados con derecho de residencia permanente en Ucrania, siempre que el regreso al Estado de origen no sea posible sin peligro.
Las personas que residían en Suiza con un permiso de residencia B antes del 24 de febrero de 2022 y cuyo permiso sigue siendo válido no están comprendidas en el estatuto S: conservan su estatuto anterior.
Derechos y obligaciones del estatuto S
Derecho de residencia
- Derecho a residir en Suiza durante la vigencia del estatuto (actualmente hasta el 04.03.2027).
- Asignación a un cantón por la SEM según la clave de reparto (art. 27 AsylG por analogía).
- El cambio de cantón es posible previa solicitud cuando exista un motivo importante (vínculos familiares, actividad lucrativa).
Trabajo
- La actividad lucrativa está permitida, sin el plazo de espera de tres meses aplicable a los titulares de un permiso N (art. 75 AsylG o régimen especial para el estatuto S). Requisito: notificación de la actividad lucrativa a la oficina cantonal de migración competente por parte del empleador.
- Se admite tanto la actividad lucrativa por cuenta ajena como por cuenta propia.
- Principio de igualdad salarial: ningún trato menos favorable que el de los trabajadores nacionales.
Educación y escuela
- Escolaridad obligatoria para los hijos menores de edad conforme al derecho cantonal de la escuela obligatoria: los niños asisten a la escuela pública ordinaria del lugar de residencia.
- Acceso a la enseñanza superior: admisión a la universidad o a la escuela superior especializada (Fachhochschule) en las condiciones generales; el reconocimiento de la formación previa ucraniana corre a cargo de swissuniversities o de la dirección cantonal de educación.
Atención sanitaria
- Obligación de afiliarse al seguro de enfermedad en un plazo de tres meses (art. 3 KVG, Ley federal sobre el seguro de enfermedad, SR 832.10). Si la persona no dispone de medios, el cantón asume las primas con cargo a la asistencia social (asistencia social de asilo).
- Acceso a la atención de urgencia desde la inscripción en el cantón.
Reagrupación familiar
- Durante el estatuto S, la reagrupación familiar es posible de forma facilitada para la familia nuclear (cónyuge, pareja registrada, hijos menores de edad).
- Presentar la solicitud ante la SEM; el plazo de tramitación es actualmente de aprox. 2-4 meses (estado nov. 2025).
Viajes
- Libres dentro de Suiza.
- Viajes Schengen posibles con el documento del estatuto S y el pasaporte.
- Viajes a Ucrania: admisibles, con restricciones. Quien pase más de 15 días por semestre en Ucrania se arriesga a la supresión del estatuto (indicio de falta de necesidad de protección). Los viajes deben comunicarse previamente a la SEM.
Obligaciones
- Establecimiento del domicilio en el cantón asignado.
- Inscripción en el municipio de residencia dentro del plazo cantonal (por regla general, 14 días).
- Cooperación en el procedimiento: comunicar los cambios de dirección, comparecer ante las citaciones de las autoridades.
- Afiliación al seguro de enfermedad (KVG) en un plazo de 3 meses.
- En caso de actividad lucrativa: cotizaciones AHV/IV/EO desde el día 1 (art. 1a AHVG, Ley federal sobre el seguro de vejez y supervivientes, SR 831.10), BVG (Ley federal sobre la previsión profesional de vejez, supervivientes e invalidez) a partir de CHF 22 050.- de ingresos anuales (estado 2024).
Transición del estatuto S a un permiso B
Mediante decisión de 12 de enero de 2024, el Consejo Federal abrió una transición facilitada del estatuto S a un permiso de residencia B ordinario. Los requisitos se concretan en la directiva de la SEM y comprenden típicamente:
- actividad lucrativa o ingresos propios que cubran el sustento,
- conocimientos lingüísticos (por regla general, A2 oral en la lengua oficial del lugar de residencia),
- integración en el sentido del art. 58a AIG (Ley federal de extranjería e integración, SR 142.20),
- ausencia de dependencia de la asistencia social,
- ausencia de antecedentes penales significativos.
La transición es una posibilidad voluntaria, no un efecto automático. Quien conserva el estatuto S permanece en el régimen S; quien cambia obtiene un permiso de residencia B regular con los derechos asociados (entre otros, mayor duración de vigencia, reagrupación familiar más sencilla, cambio profesional sin obligación de autorización cantonal).
Atención: si se deroga la Ordenanza de protección (decisión política del Consejo Federal), el estatuto S decae para todas las personas que en ese momento sigan en el régimen S. Quien haya cambiado a tiempo a un permiso de residencia B lo conserva con independencia de la derogación. Esta constelación es objeto de asesoramiento individual; véase la vía de derivación más abajo.
Qué ocurre en caso de supresión del estatuto S (escenario)
El Consejo Federal estableció en la Ordenanza de protección que la supresión del estatuto S debe efectuarse con un plazo transitorio adecuado. Las personas que se encuentren en el estatuto S en el momento de la supresión reciben típicamente:
- un plazo para el regreso voluntario a Ucrania (asesoramiento al retorno a través de REAG/GARP);
- la posibilidad de presentar una solicitud de asilo ordinaria, si se sigue invocando la necesidad de protección (art. 18 y ss. AsylG);
- la posibilidad de aspirar a un permiso de residencia B ordinario, si se cumplen los requisitos (véase más arriba).
La configuración concreta del plazo transitorio y de los procedimientos debe decidirse políticamente en el momento de la supresión. SIP actualiza este archivo sin demora (SLA de 24 horas en DE-CH) en caso de una decisión en tal sentido.
Qué no ofrece SIP (límites del ámbito de aplicación)
SIP no asesora sobre la estrategia de una solicitud de asilo ordinaria que podría sustituir al estatuto S tras su supresión. SIP no emite pronósticos de éxito sobre solicitudes individuales de transición S→B. SIP no asesora sobre la cuestión de si un familiar concreto tiene derecho a la reagrupación familiar: se trata de una valoración jurídica caso por caso que requiere un/a abogado/a inscrito/a en el registro cantonal de abogados.
Derivación para cuestiones individuales
Para preguntas concretas sobre la propia situación:
- Urgencias relacionadas con el asilo: SOS-Asyl (24/7), Organización Suiza de Ayuda a los Refugiados (OSAR, www.osar.ch), Caritas cantonal o HEKS.
- Acompañamiento jurídico (transición S→B, reagrupación familiar, escenario de supresión): lista de derivación de SIP con abogadas y abogados verificados por BFR en la lengua del cantón de residencia (ucraniano, ruso, alemán, francés o italiano).
- Servicio social, oferta de cursos, alojamiento: oficina cantonal de coordinación de asilo, enlazada para cada cantón en sem.admin.ch.
- Cuestiones administrativas (inscripción, cambio de cantón, comunicación de viajes): oficina cantonal de migración competente.
Particularidades cantonales
| Cantón | Indicación |
|---|---|
| ZH | Equipo SAH Ucrania de la ciudad de Zúrich; servicio especializado cantonal de la oficina de migración para asuntos S |
| BE | Acompañamiento activo por la coordinación cantonal de migración |
| VD | Centre EVAM para personas que buscan protección |
| GE | Hospice général para asilo + S; servicio especial en ruso/ucraniano |
| BS | Asistencia social de la ciudad de Basilea; acompañamiento por Bühl Suisse |
| TI | Centro polifunzionale di Riazzino; asesoramiento en italiano para familias ucranianas |
Encontrará información detallada sobre cada cantón en la correspondiente profundización cantonal.
Resumen de fuentes
- AsylG art. 66-79 (protección temporal)
- Ordenanza de protección de 11.03.2022, activación para personas procedentes de Ucrania
- Decisión del Consejo Federal de 05.11.2025: prórroga hasta el 04.03.2027 con examen de la región de origen
- Página temática de la SEM sobre Ucrania (actualizaciones trimestrales)
- Decisión de la UE sobre la prórroga de la Directiva sobre afluencia masiva hasta marzo de 2027
Activadores de actualización
Este archivo se actualiza sin demora en caso de:
- decisión del Consejo Federal relativa al estatuto S (supresión, prórroga, adaptación del círculo de personas, regla de transición S→B),
- modificación de una directiva de la SEM relativa al estatuto S,
- cambio sustancial de la práctica cantonal (p. ej. nuevos importes a tanto alzado de asistencia social para titulares del estatuto S),
- suspensión sustancial de la acogida o reanudación tras acontecimientos internacionales.
