1. Visión general: qué es el permiso B (y qué no es)

El permiso de residencia B es, según el art. 33 AIG (Ley federal de extranjería e integración, SR 142.20), un permiso de extranjería (Ausländerausweis) que se expide para una estancia de duración limitada con un fin determinado. El permiso puede estar sujeto a otras condiciones y, según el art. 33, al. 3, AIG, es por regla general válido durante un año y renovable, siempre que no concurran motivos de revocación según el art. 62 AIG.

El permiso B es, por número de titulares, el permiso de residencia más extendido de Suiza.

Lo que el permiso B NO es:

  • No es permanente. El permiso de establecimiento C (art. 34 AIG) es el permiso de duración ilimitada. El permiso B, en cambio, pierde su validez al vencer el plazo si no se renueva a tiempo.
  • No es lo mismo que el L. El permiso de corta duración L (art. 32 AIG) está previsto para estancias de un año como máximo y no está orientado primariamente al establecimiento.
  • No es independiente del fin. El permiso B se expide, según el art. 33, al. 2, AIG, para un fin de estancia determinado (p. ej. actividad lucrativa, estudios, reagrupación familiar). Un cambio de fin requiere un nuevo permiso (art. 54 VZAE, Ordenanza sobre admisión, estancia y actividad lucrativa, SR 142.201).

El paquete legislativo determinante comprende:

  • AIG: Ley federal de 16 de diciembre de 2005 de extranjería e integración (SR 142.20).
  • VZAE: Ordenanza de 24 de octubre de 2007 sobre admisión, estancia y actividad lucrativa (SR 142.201).
  • FZA: Acuerdo de 21 de junio de 1999 entre la Confederación Suiza, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, sobre la libre circulación de personas (SR 0.142.112.681).
  • VFP: Ordenanza de 22 de mayo de 2002 sobre la introducción de la libre circulación de personas (SR 142.203).

Enlace cruzado: las bases institucionales están documentadas en el glosario de conceptos AIG y VZAE y en el glosario FZA/VFP.

2. Los dos regímenes del permiso B

Desde el punto de vista jurídico-técnico, el permiso B existe en dos regímenes distintos, que discurren en paralelo pero siguen requisitos y procedimientos diferentes. Quien no hace la distinción corre el riesgo de invocar las normas equivocadas.

2.1 Permiso B UE/AELC (régimen FZA)

Los nacionales de los 27 Estados de la UE y de los Estados de la AELC (Islandia, Liechtenstein, Noruega) tienen, según el Acuerdo sobre la libre circulación de personas (FZA), un derecho legal a un permiso de residencia si cumplen los requisitos del FZA.

Las principales bases del derecho están reguladas en el anexo I del FZA:

  • Art. 6 del anexo I FZA: trabajadores por cuenta ajena.
  • Art. 12 del anexo I FZA: trabajadores por cuenta propia.
  • Art. 24 del anexo I FZA: personas sin actividad lucrativa con medios económicos suficientes y seguro de enfermedad.

El Reino Unido (UK) ya no está cubierto por el FZA desde el Brexit. Suiza y el Reino Unido han celebrado un acuerdo sobre los derechos adquiridos (para las personas ya establecidas en Suiza antes del 31 de diciembre de 2020) y un acuerdo sobre la movilidad de los prestadores de servicios.

2.2 Permiso B de Estado tercero (régimen AIG)

Los nacionales de todos los demás Estados (Estados terceros) están sujetos a la AIG. No existe ningún derecho legal a la concesión: el permiso es discrecional y está sujeto a:

  • Cuotas / cifras máximas (art. 20 AIG, anexos 1 y 2 VZAE).
  • Prioridad de los trabajadores residentes (Inländervorrang) (art. 21 AIG).
  • Requisitos personales de la persona solicitante (art. 23 AIG: cualificación, idioma, integración).
  • Necesidad económica del empleador (art. 18 AIG).

En concreto, esto significa: un empleador que quiera contratar a una persona nacional de un Estado tercero debe acreditar ante la autoridad cantonal de migración que no había disponible ninguna persona trabajadora adecuada en el mercado laboral nacional (nacionales suizos, titulares de un permiso de establecimiento, titulares de un permiso B con acceso al empleo y nacionales de la UE/AELC) (art. 21, al. 1, AIG).

3. Permiso B de Estado tercero: requisitos en detalle

3.1 Prioridad de los trabajadores residentes (art. 21 AIG literal, al. 1 a 3)

«Los extranjeros solo podrán ser admitidos para ejercer una actividad lucrativa si se acredita que no es posible encontrar trabajadores nacionales adecuados ni nacionales de Estados con los que se haya celebrado un acuerdo de libre circulación.»

La prioridad de los trabajadores residentes exige:

  • Publicación de la oferta de empleo a nivel nacional (por regla general a través de los centros regionales de colocación / RAV y de los canales sectoriales pertinentes).
  • Documentación de la búsqueda infructuosa (candidaturas recibidas, motivación de los rechazos).
  • Justificación de la especificidad de la cualificación buscada.

3.2 Cuotas / cifras máximas (art. 20 AIG + anexos 1/2 VZAE)

El Consejo Federal fija anualmente cifras máximas para los permisos B de Estados terceros. Las cuotas se reparten entre los cantones, con contingentes federales adicionales para picos de necesidad extracantonales.

Actualmente (situación a 01.01.2024):

  • B Estado tercero (estancia duradera): contingente anual
  • L Estado tercero (estancia corta ≤ 12 meses): contingente separado

Los contingentes agotados pueden bloquear la concesión del permiso aun cuando se cumplan los demás requisitos: una diferencia esencial respecto al régimen UE/AELC.

3.3 Permisos B orientados a la actividad lucrativa (art. 18 a 24 AIG)

  • Art. 18 AIG: ejercicio de una actividad lucrativa por cuenta ajena. Requisitos: solicitud del empleador, interés económico general, cumplimiento de las condiciones salariales y laborales (art. 22 AIG).
  • Art. 19 AIG: ejercicio de una actividad lucrativa por cuenta propia.
  • Art. 23 AIG: requisitos personales: directivos, especialistas y otros trabajadores cualificados con cualificaciones profesionales especiales.

En la práctica, esto significa: el permiso B de Estado tercero para personas con actividad lucrativa está orientado a trabajadores altamente cualificados. La autorización de un empleo en una profesión no cualificada para una persona nacional de un Estado tercero es la excepción.

3.4 Permisos B no orientados a la actividad lucrativa

  • Art. 27 AIG: formación y perfeccionamiento (estudios). Requisitos: admisión en un centro de formación reconocido, medios de subsistencia asegurados, alojamiento adecuado, requisitos personales.
  • Art. 28 AIG: pensionistas. Requisitos: edad mínima de 55 años, vínculos personales especiales con Suiza, medios económicos suficientes, ninguna actividad lucrativa.
  • Art. 30 AIG: excepciones a los requisitos de admisión (casos de rigor, situación personal de grave necesidad).
  • Art. 42 a 52 AIG: reagrupación familiar (véase el apartado 9).

3.5 Requisitos lingüísticos

Los requisitos lingüísticos se diferencian según el fin de la estancia:

  • Primera concesión del permiso B sin reagrupación familiar: no existe un requisito lingüístico uniforme en el derecho federal; la práctica de los cantones varía.
  • Reagrupación familiar (cónyuges e hijos mayores de 18 años): el art. 43, al. 1, let. d, AIG exige el nivel A1 oral de la lengua nacional del lugar de residencia o la inscripción en un curso de fomento lingüístico.
  • Renovación: los requisitos lingüísticos y de integración pueden desempeñar un papel en las renovaciones sucesivas según el art. 58a AIG (criterios de integración).
  • Permiso C anticipado: art. 34, al. 4, AIG: nivel A2 escrito + B1 oral de la lengua nacional.

Los certificados lingüísticos reconocidos (fide, telc, Goethe-Zertifikat, DELF/DALF, CELI, etc.) se concretan en la VIntA (Ordenanza sobre la integración de los extranjeros, SR 142.205).

4. Permiso B UE/AELC: requisitos en detalle

4.1 Trabajadores por cuenta ajena (art. 6 del anexo I FZA)

Un nacional de la UE/AELC que tenga con un empleador suizo un contrato de trabajo de una duración mínima de 12 meses o un contrato de trabajo indefinido recibe un permiso B UE/AELC con una validez de cinco años (art. 6, al. 1, del anexo I FZA, en relación con el art. 4 VFP).

Los justificantes necesarios son, en esencia:

  • documento de identidad válido;
  • contrato de trabajo o confirmación del empleador;
  • en su caso, diplomas en las profesiones sujetas a autorización.

La prioridad de los trabajadores residentes y las cuotas no se aplican al permiso B UE/AELC: esta es la diferencia práctica central respecto al régimen de Estados terceros.

4.2 Trabajadores por cuenta propia (art. 12 del anexo I FZA)

Los ciudadanos de la UE/AELC que trabajan por cuenta propia tienen derecho a un permiso B si acreditan que van a ejercer efectivamente una actividad lucrativa por cuenta propia.

Justificantes:

  • inscripción en el registro mercantil o en la caja de compensación AHV como trabajador por cuenta propia;
  • plan de negocio, justificantes bancarios, documentos de clientes o de pedidos.

4.3 Personas sin actividad lucrativa (art. 24 del anexo I FZA)

Las personas sin actividad lucrativa (pensionistas, estudiantes, rentistas) tienen derecho si:

  • acreditan medios económicos suficientes para no depender de la asistencia social;
  • disponen de una cobertura de seguro de enfermedad que cubra todo el abanico de prestaciones habitual en Suiza.

Los «medios suficientes» se miden en la práctica según los baremos de las prestaciones complementarias (EL); los umbrales exactos difieren según el cantón.

4.4 Reagrupación familiar FZA (art. 3 del anexo I FZA)

El régimen de reagrupación familiar del FZA es sustancialmente más generoso que el régimen de la AIG:

  • Los familiares con derecho comprenden al cónyuge, la pareja registrada, los descendientes menores de 21 años o a cargo y los ascendientes a cargo.
  • Se requiere una vivienda adecuada (art. 3, al. 1, del anexo I FZA); lo que significa «adecuada» es una cuestión de práctica cantonal.

Importante: el Tribunal Federal decidió en la BGE 136 II 5 (jurisprudencia Metock) y en sentencias posteriores que también los familiares nacionales de Estados terceros de ciudadanos de la UE pueden beneficiarse de la reagrupación familiar del FZA, sin que ellos mismos tengan que proceder del espacio de la UE.

5. Renovación del permiso B

5.1 Plazos

El permiso B pierde su validez al vencer el plazo (art. 61, al. 1, let. c, AIG). Según el art. 59 VZAE, la solicitud de renovación debe presentarse con la debida antelación antes del vencimiento del permiso vigente.

La práctica de los cantones y las directivas del SEM recomiendan presentar la solicitud de renovación entre 2 y 3 meses antes del vencimiento, y a más tardar 14 días antes del vencimiento.

Quien incumple el plazo puede, según la práctica cantonal:

  • ser gravado con una tasa por presentación tardía;
  • encontrarse en una zona gris jurídica entre el vencimiento del permiso antiguo y la concesión del nuevo, especialmente delicada en materia de derecho laboral y de seguros sociales.

5.2 Requisitos de la renovación (art. 33 + 62 AIG)

La renovación se concede si:

  • se siguen cumpliendo los requisitos originales (actividad lucrativa, estudios, vínculos familiares, etc.);
  • no concurren motivos de revocación según el art. 62 AIG;
  • en el caso de los nacionales de Estados terceros, se cumplen suficientemente los criterios de integración según el art. 58a AIG (respeto de la seguridad y el orden públicos, respeto de los valores de la Constitución, conocimientos lingüísticos, participación en la vida económica o adquisición de una formación).

5.3 La dependencia de la asistencia social como obstáculo a la renovación

El art. 62, al. 1, let. e, AIG prevé expresamente como motivo de revocación y de no renovación:

«… el extranjero o la extranjera, o una persona a su cargo, depende de la asistencia social.»

Las autoridades cantonales de migración examinan detenidamente la percepción de asistencia social. Una dependencia prolongada de la asistencia social da lugar a procedimientos de audiencia con un alto riesgo para la renovación. La jurisprudencia del Tribunal Federal distingue en este punto según la duración, el importe y la culpabilidad en la percepción de la asistencia social.

6. Revocación y no renovación del permiso B

6.1 Motivos de revocación (art. 62 AIG literal, al. 1)

«La autoridad competente podrá revocar los permisos, con excepción del permiso de establecimiento, y otras decisiones dictadas en virtud de esta ley si el extranjero o la extranjera: a. o su representante ha hecho declaraciones falsas u ocultado hechos esenciales en el procedimiento de autorización; b. ha sido condenado a una pena privativa de libertad de larga duración o ha sido objeto de una medida penal en el sentido de los artículos 59 a 61 o 64 StGB; c. ha atentado de manera grave o reiterada contra la seguridad y el orden públicos en Suiza o en el extranjero, los pone en peligro o pone en peligro la seguridad interior o exterior; d. no respeta una condición vinculada a la decisión; e. o una persona a su cargo depende de la asistencia social; f. ha contraído matrimonio o constituido una pareja registrada de manera abusiva, en particular para eludir las disposiciones de esta ley sobre admisión y estancia, con una persona de nacionalidad suiza o con una persona extranjera titular de un permiso de residencia o de establecimiento; g. incumple sin motivo excusable un convenio de integración.»

El art. 62, al. 2, AIG prohíbe la revocación cuando se fundamenta únicamente en un delito por el que un tribunal nacional ha impuesto una pena o medida cuya ejecución ha sido suspendida en favor de la persona.

6.2 Cláusula de rigor (art. 96 AIG)

La autoridad competente tiene en cuenta, al ejercer su facultad discrecional, las circunstancias personales y el grado de integración. El art. 96, al. 1, AIG exige que la autoridad tenga en cuenta «los intereses públicos y las circunstancias personales, así como el grado de integración». La proporcionalidad de la revocación es una comprobación central.

6.3 Procedimiento y plazo de recurso

La revocación o la no renovación se pronuncia mediante decisión (Verfügung) de la autoridad cantonal de migración. La decisión es:

  • escrita;
  • motivada;
  • provista de una indicación de las vías de recurso.

El plazo de recurso es, por regla general, de 30 días desde la notificación de la decisión (ley cantonal de procedimiento administrativo; una vez agotada la vía cantonal, recurso ante el Tribunal Administrativo Federal o el Tribunal Federal según el art. 83 BGG, teniendo en cuenta que el art. 83, let. c, n.º 2, BGG establece restricciones particulares para las decisiones en materia de extranjería).

7. Paso de B a C (permiso de establecimiento)

El permiso de establecimiento C (art. 34 AIG) es de duración ilimitada y no está sujeto a condiciones (art. 34, al. 1, AIG). Es el objetivo de muchos titulares de un permiso B.

7.1 Concesión ordinaria: regla de los 10 años

Según el art. 34, al. 2, AIG, el permiso de establecimiento puede concederse si el extranjero o la extranjera:

  • ha residido en Suiza en total al menos diez años con un permiso de corta duración o de residencia y durante los últimos cinco años ha estado ininterrumpidamente en posesión de un permiso de residencia;
  • cumple los criterios de integración según el art. 58a AIG.

7.2 Regla de los 5 años con determinados Estados

Para los nacionales de Estados con los que Suiza ha celebrado un convenio de establecimiento, la concesión tiene lugar tras cinco años de residencia ininterrumpida con permiso B. Según la práctica actual, el círculo de estos Estados comprende en particular:

  • EE. UU., Canadá;
  • Reino Unido;
  • Alemania, Austria, Francia, Italia;
  • España, Portugal, Países Bajos, Bélgica, Liechtenstein;
  • otros Estados según los tratados bilaterales.

7.3 Permiso C anticipado (art. 34, al. 4, AIG)

El permiso de establecimiento puede concederse ya al cabo de cinco años a todos los nacionales de Estados terceros con permiso B si:

  • se han integrado con éxito (art. 58a AIG, en particular nivel ampliado B1 oral y A2 escrito de la lengua nacional del lugar de residencia);
  • no concurren motivos de revocación según el art. 62 AIG.

Enlace cruzado: una exposición más detallada se encuentra en Permiso de establecimiento C.

8. Cambio de cantón y cambio de domicilio

8.1 Cambio de cantón con B de Estado tercero (art. 37 AIG)

Los nacionales de Estados terceros con permiso B que quieran trasladarse a otro cantón deben solicitar, según el art. 37, al. 2, AIG, un nuevo permiso en el cantón de salida. El permiso se concede si:

  • no concurren motivos de revocación;
  • la persona solicitante no depende de la asistencia social.

Importante: el cambio de cantón no está garantizado. La nueva autoridad cantonal ejerce su facultad discrecional de forma autónoma.

8.2 Cambio de cantón con B UE/AELC

Los nacionales de la UE/AELC con permiso B tienen, en virtud del régimen FZA, un derecho a trasladarse a otro cantón. Deben empadronarse en el nuevo cantón; la autoridad cantonal de migración transfiere el permiso. Una denegación solo sería admisible si concurrieran motivos graves de revocación (seguridad y orden públicos).

8.3 Cambio de domicilio dentro del cantón

Los cambios de domicilio dentro del cantón deben comunicarse al municipio de residencia (empadronamiento según la ley municipal y la ordenanza sobre el registro de habitantes). La autoridad cantonal de migración es informada por regla general de forma automática.

9. Reagrupación familiar

9.1 B de Estado tercero: reagrupación familiar según la AIG (art. 42 a 52)

El art. 43 AIG regula la reagrupación familiar para los cónyuges y los hijos de titulares de un permiso B:

«Los cónyuges extranjeros y los hijos solteros menores de 18 años de personas titulares de un permiso de residencia tienen derecho a la concesión y a la renovación del permiso de residencia si: a. conviven con ellas; b. se dispone de una vivienda adecuada a las necesidades; c. no dependen de la asistencia social; d. pueden comunicarse en la lengua nacional hablada en el lugar de residencia …»

Requisitos en detalle:

  • Personas con derecho: cónyuges e hijos solteros menores de 18 años.
  • Convivencia: requisito según el art. 43, al. 1, let. a, AIG.
  • Vivienda adecuada a las necesidades: metros cuadrados y número de habitaciones según la práctica cantonal.
  • Ausencia de dependencia de la asistencia social: let. c.
  • Conocimientos lingüísticos: como mínimo nivel A1 oral o inscripción por escrito en un curso de fomento lingüístico (art. 43, al. 1, let. d, AIG; art. 73a VZAE).

Deben respetarse los plazos de reagrupación según el art. 47 AIG:

  • para los cónyuges: en un plazo de cinco años;
  • para los hijos menores de 12 años: en un plazo de cinco años;
  • para los hijos de entre 12 y 18 años: en un plazo de doce meses.

Los plazos empiezan a correr con el establecimiento del vínculo familiar o con la concesión del permiso B de la persona reagrupante.

9.2 B UE/AELC: reagrupación familiar según el FZA (art. 3 del anexo I)

Como ya se ha expuesto en el apartado 4.4, la reagrupación familiar del FZA es claramente más amplia y comprende también a los descendientes y ascendientes. Los plazos del FZA son menos restrictivos que los de la AIG.

Enlace cruzado: los procedimientos detallados de matrimonio y de inscripción de nacimiento están documentados en los dosieres de acontecimientos vitales: Matrimonio con una persona de nacionalidad suiza, Matrimonio entre dos personas extranjeras residentes en Suiza y Nacimiento de un hijo en Suiza.

10. Viajar con permiso B

10.1 Reentrada

Durante su periodo de validez, el permiso B es un título de residencia válido que autoriza la reentrada en Suiza. Se requiere:

  • pasaporte válido del Estado de origen;
  • permiso de extranjería B válido;
  • en su caso, visado para los nacionales de Estados terceros en caso de reentrada a través de determinados terceros países (el visado no es necesario para la reentrada en Suiza en sí, ya que el permiso de extranjería se reconoce como título de residencia).

10.2 Movilidad Schengen (regla 90/180)

Los nacionales de Estados terceros con permiso B pueden permanecer, según el Código de fronteras Schengen, en otros Estados Schengen distintos de Suiza hasta 90 días dentro de un periodo de 180 días sin visado adicional. La regla 90/180 se calcula de forma acumulativa para todos los Estados Schengen: las estancias en Italia, Alemania y Francia se suman.

Para estancias más largas en otro Estado Schengen se requiere un permiso de residencia nacional del país de destino.

10.3 Ausencia prolongada en el extranjero

Según el art. 61, al. 2, AIG, el permiso B se extingue si el extranjero o la extranjera permanece más de seis meses ininterrumpidos en el extranjero. Puede autorizarse, previa solicitud, una prórroga de este plazo si el extranjero o la extranjera la solicita antes de que venza el plazo de seis meses (art. 61, al. 2, última frase, AIG).

Para los titulares de un permiso B UE/AELC, el régimen FZA prevé normas más generosas sobre las ausencias en el extranjero; no obstante, la práctica sigue vinculada también aquí al mantenimiento efectivo del centro de vida en Suiza.

11. Impuestos y seguros sociales

11.1 Impuesto en la fuente (B de Estado tercero)

Los nacionales de Estados terceros con permiso B están sujetos, por regla general, al impuesto en la fuente, siempre que no tengan otro estatuto de residencia:

  • El impuesto se deduce directamente por el empleador del salario bruto.
  • Si los ingresos brutos anuales superan los CHF 120 000 (situación a 01.01.2024 para la mayoría de los cantones), se practica una tasación ordinaria ulterior (NOV).
  • En caso de tributación conjunta con un cónyuge suizo o titular de un permiso de establecimiento, el impuesto en la fuente no se aplica; se tributa por el procedimiento ordinario.

11.2 B UE/AELC e impuestos

Los nacionales de la UE/AELC con permiso B están sujetos a las mismas normas del impuesto en la fuente. Los convenios de doble imposición con el Estado de origen pueden prever normas adicionales en situaciones especiales (trabajadores fronterizos, salida del país, etc.).

11.3 Seguros sociales suizos: obligatorios

Todos los titulares de un permiso B con domicilio en Suiza están asegurados obligatoriamente en:

  • AHV (seguro de vejez y supervivientes);
  • IV (seguro de invalidez);
  • EO (régimen de compensación por pérdida de ingresos);
  • ALV (seguro de desempleo, si ejercen una actividad lucrativa);
  • UV (seguro de accidentes, a cargo del empleador);
  • BVG (previsión profesional / 2.º pilar), si los ingresos anuales superan el umbral de acceso (situación a 01.01.2024: CHF 22 050).

El seguro de enfermedad (seguro básico según la KVG, Ley federal sobre el seguro de enfermedad, SR 832.10) es obligatorio para todas las personas con domicilio en Suiza y debe contratarse en un plazo de tres meses desde el establecimiento del domicilio (art. 3 KVG).

12. Confusiones y malentendidos frecuentes

12.1 B no es C

El permiso B es siempre de duración limitada y siempre vinculado a un fin. El permiso C (establecimiento) es de duración ilimitada y no está vinculado a un fin. Quien posee un permiso B no está «establecido»: está autorizado a residir.

12.2 B de Estado tercero no es B UE/AELC

Los dos regímenes se diferencian fundamentalmente en:

AspectoB Estado terceroB UE/AELC
Derecho legalNo (discrecional)Sí (si se cumplen los requisitos del FZA)
CuotasSí (art. 20 AIG)No
Prioridad de los trabajadores residentesSí (art. 21 AIG)No
Reagrupación familiarRestringida (art. 43 AIG)Amplia (art. 3 del anexo I FZA)
Duración inicial1 año5 años (con contrato de trabajo indefinido)
Permiso C anticipado5 años con integración5 años ordinario (para la mayoría de los Estados)

12.3 B refugiado no es B «normal»

Una persona refugiada reconocida con asilo recibe, según el art. 60 AsylG (Ley de asilo, SR 142.31), un permiso de residencia B refugiado. Este debe distinguirse jurídicamente del permiso B «normal»:

  • no se revoca mientras no se extinga el asilo;
  • confiere derechos sociales y de integración ampliados;
  • está vinculado a la función de documento de viaje para refugiados (art. 59 AIG, art. 1 de la ordenanza sobre documentos de viaje).

Enlace cruzado: las explicaciones detalladas sobre el estatuto de refugiado se encuentran en el dosier Refugiado reconocido en Suiza.

12.4 B no es G (trabajadores fronterizos)

El permiso de trabajador fronterizo G (art. 35 AIG) se concede a las personas que trabajan en una región fronteriza suiza pero mantienen su domicilio en el país vecino. No es un permiso de residencia, sino un permiso de trabajo con obligación de regreso diario o semanal.

12.5 B no es Ci (familiares de funcionarios internacionales)

El permiso Ci (art. 22, al. 3, GSG; ordenanza sobre el empleo de extranjeros en organizaciones internacionales) se concede a los cónyuges e hijos de personas con acreditación diplomática o de empleados de organizaciones internacionales. Permite ejercer una actividad lucrativa, pero está vinculado al estatuto de la persona principal.

13. Procedimientos cantonales y puntos de contacto

La concesión, la renovación y la revocación del permiso B son competencia cantonal (art. 88 AIG, en relación con el art. 121 BV). Cada cantón tiene una oficina cantonal de migración (Amt für Migration) / Office cantonal de la population / Ufficio della migrazione o un organismo con denominación equivalente. La competencia federal se deriva del art. 121, al. 1, BV, que atribuye a la Confederación la legislación sobre la entrada y la salida y sobre el permiso de residencia; la ejecución, en cambio, corresponde a los cantones bajo la supervisión del SEM (art. 109 AIG).

Los procedimientos cantonales difieren en la práctica en varios puntos:

  • Empadronamiento del domicilio: en la mayoría de los cantones, el empadronamiento debe efectuarse en un plazo de 14 días desde el establecimiento del domicilio (art. 12 AIG, art. 9 VZAE). En algunos cantones el plazo se reduce a 8 días; un incumplimiento puede dar lugar a una tasa administrativa y, en caso de reincidencia, a una anotación en el expediente de migración.
  • Importe de las tasas: la primera expedición, la renovación y los permisos de cambio se gravan con una tasa cantonal (por regla general CHF 100 a 200) y una tasa federal (por regla general CHF 90 a 140). Los importes exactos varían según el cantón y están regulados en la ordenanza cantonal sobre tasas administrativas.
  • Plazos de tramitación: las renovaciones sencillas pueden tramitarse en algunos cantones en 2 a 4 semanas; las primeras concesiones complejas o los cambios con examen de la prioridad de los trabajadores residentes duran por regla general 2 a 4 meses.
  • Lengua del procedimiento: los procedimientos se tramitan en la lengua oficial del cantón correspondiente: alemán en la Suiza alemana, francés en la Suiza romanda, italiano en el Tesino, romanche cuando proceda en los Grisones.

Enlace cruzado a la visión general cantonal: los procedimientos prácticos, las tasas, los plazos de tramitación y los contactos de cada cantón están documentados en los dosieres Cantonal Cluster (véase el clúster cantonal en el índice de contenidos).

13a. Documentos del procedimiento: qué hay que aportar en cada solicitud

Las autoridades cantonales de migración exigen en cada solicitud (primer permiso, renovación, cambio de cantón, reagrupación familiar) un conjunto obligatorio de anexos, que se estructura a grandes rasgos en las siguientes categorías:

  • Justificantes de identidad: pasaporte válido; certificado de nacimiento con apostilla o legalización; en el caso de los cónyuges, certificado de matrimonio con apostilla/legalización y traducción jurada a una lengua oficial suiza.
  • Justificantes de domicilio: contrato de alquiler o justificante de propiedad; certificado de la oficina de control de habitantes (Einwohnerkontrolle) del municipio de residencia.
  • Justificantes de actividad lucrativa (en el caso de trabajadores por cuenta ajena): contrato de trabajo, nóminas de los últimos tres a seis meses, confirmación del empleador sobre la contratación; en el caso de trabajadores por cuenta propia, además, extracto del registro mercantil, afiliación al AHV, balance y cuenta de resultados de los dos últimos ejercicios.
  • Seguridad financiera (en el caso de personas sin actividad lucrativa, estudiantes, pensionistas): extractos bancarios, confirmación de beca o de pensión, justificante del seguro de enfermedad.
  • Certificado de antecedentes penales: en las primeras concesiones para nacionales de Estados terceros, del Estado de origen y de cada Estado de residencia de los últimos cinco años.
  • Justificantes de integración: certificado lingüístico (fide / telc / Goethe / DELF / CELI, etc.), si es pertinente; justificante de cursos de fomento lingüístico en caso de reagrupación familiar; confirmación de medidas de integración (p. ej. participación en una entrevista de primera información) según el cantón.

Los expedientes incompletos dan lugar a requerimientos de subsanación y, con ello, a retrasos. En caso de presentación reiteradamente incompleta, el procedimiento puede suspenderse según el art. 13 VwVG (Ley federal de procedimiento administrativo, SR 172.021).

14. Mosaico de estatutos: ¿quién tiene qué B?

En la lógica de los permisos, el permiso B se divide en varios subgrupos, pero designa en cada caso el derecho de residencia en la misma categoría básica:

  • B UE/AELC: basado en el FZA.
  • B Estado tercero (actividad lucrativa): art. 18 / 19 / 23 AIG.
  • B Estado tercero (reagrupación familiar): art. 42 a 52 AIG.
  • B Estado tercero (estudios): art. 27 AIG.
  • B Estado tercero (pensionistas): art. 28 AIG.
  • B Estado tercero (caso de rigor): art. 30, let. b, AIG.
  • B refugiado: art. 60 AsylG.

La consecuencia jurídica del respectivo subgrupo de B, en particular en cuanto al acceso al empleo, la reagrupación familiar y el paso a C, varía. Quien tenga una pregunta concreta sobre la renovación, el cambio o la revocación debería conocer primero el subgrupo de su permiso B (la categorización figura en el permiso de extranjería).

15. Estado de las fuentes y umbral de obsolescencia (Stale-Threshold)

Los contenidos de esta página se basan en los actos legislativos federales codificados en su versión de 1 de enero de 2024 (AIG, VZAE, FZA, AsylG) y en las directivas del SEM sobre extranjería y asilo. En el caso de determinados umbrales detallados, contingentes e indicaciones sobre la práctica cantonal, debe prestarse atención a la indicación de fecha en el texto: estos valores son ajustados anualmente por el Consejo Federal o por los cantones.

La fecha de umbral de obsolescencia (Stale-Threshold) de esta página es de 90 días. Las versiones anteriores pueden quedar sin efecto en caso de cambios legislativos o relevantes para la práctica (p. ej. nueva decisión del Consejo Federal sobre cifras máximas, nueva modificación de ordenanza, jurisprudencia BGE significativa).


Última actualización: 2026-05-18 Verificación de fuentes primarias: URI ELI de Fedlex para la AIG (SR 142.20), la VZAE (SR 142.201) y el FZA (SR 0.142.112.681) documentados en el frontmatter. Referencias cruzadas: glosario de conceptos AIG y VZAE, glosario FZA/VFP, Permiso de establecimiento C, Refugiado reconocido en Suiza, Matrimonio con una persona de nacionalidad suiza, Matrimonio entre dos personas extranjeras residentes en Suiza, Nacimiento de un hijo en Suiza.